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Uber, Cabify y otras VTC deberían cumplir también con un porcentaje accesible

La llegada de los servicios de transporte de vehículos sin conductor (VTC) como Uber o Cabify, no ha estado exenta de grandes polémicas. Sin embargo, poco se ha hablado hasta ahora de la accesibilidad de estos servicios.

Miguel Fernández

Los transportes que están considerados servicios públicos, como los taxis, deben cumplir en su flota con un porcentaje de vehículos accesibles para personas con discapacidad física.

Sin embargo, estos requisitos no se imponen en el caso de los VTC ya que el Ejecutivo considera que no son servicios públicos.

Ante esta situación son ya varias las voces que reclaman un cambio en la legislación que incluya un mínimo de un 10% de vehículos de estas empresas que sean accesibles.

Así lo ha hecho el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y, más recientemente, el Defensor del Pueblo en respuesta a una queja presentada por el propio Cermi.

En su escrito, según informa el Cermi, el Defensor del Pueblo sostiene que las obligaciones en materia de accesibilidad en el ámbito del transporte no son exclusivas de los servicios públicos, sino que tienen un alcance mucho más amplio que debería incluir los servicios prestados por sujetos privados.

En este sentido, asegura que la naturaleza pública o privada del servicio no es la que determina las normas de accesibilidad, sino que debe serlo el uso público o privado de la actividad.

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